Nos han consultado en el despacho sobre la necesidad de pasar una inspección la electrificación de un local dedicado a bar. La propietaria decía desconocer el asunto y desde cuándo lo exigen.
Las instalaciones eléctricas de los locales vienen contempladas en el Reglamento de Baja Tensión en cuya ITC-05 establece que serán inspeccionadas los locales como bares, restaurantes, cafeterías y similares, pero también comercios en general que tengan una superficie superior a 50 m².
Dichas inspecciones períodicas, al igual que la inicial, deberán ser realizadas por Organismos de Control que según el resultado calificarán a la instalación como favorable, condicionada o negativa. Será negativa cuando se encuentre un defecto muy grave y se informará inemdiatamente a la Autoridad industrial competente.
Por tanto, recuerde que las instalaciones eléctricas siempre deberán reunir condiciones de seguridad que disminuyan al máximo el riesgo eléctrico (incendios, electrocuciones…) sobre todo en locales donde la afluencia de personas es importante o que esté situado en zona de riesgo a terceros (arboleda, edificio de viviendas…).
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